Esto significa que personas de Venezuela, Cuba y otros países designados podrían enfrentar una prohibición total de entrada a EEUU independientemente del motivo del viaje, refirió la experta.
Las órdenes ejecutivas y prohibiciones de viaje de Trump se dirigen principalmente a los titulares de visas de no inmigrante y a la entrada de individuos sin estatus de residente permanente, explicó Herrera Mellado.
En principio, a un titular de la Green Card no se le debería negar la entrada únicamente porque su pasaporte haya sido emitido por Cuba o Venezuela, explicó Herrera Mellado. Sin embargo, alerta que al ingresar de nuevo al país con el pasaporte de un país con restricciones de viajes, puede tener un mayor escrutinio en las Aduanas, acotó.
Para el abogado Angel Leal, de la firma que lleva su nombre, ciertamente “el alcance de una posible medida implementando restricciones de viajes de ciertos países pudiera tener un alcance bastante amplio”.
Dijo el jurista que esta medida pudiera afectar a Sudán, Venezuela, Somalia, Siria, Yemen, Irán, Libia, Cuba y Corea del Norte. También se pudieran agregar Pakistán y Afganistán.
Básicamente la orden ejecutiva exige que el secretario de Estado Marco Rubio, la Fiscal General Pam Bondi, la secretaria del Departamento de Seguridad Nacional Kristi Noem y la Directora de Inteligencia Nacional Tulsi Gabbard tienen 60 días de la fecha de la orden ejecutiva para identificar países que pudieran afectar los intereses de los Estados Unidos, enfatizó Leal.
De manera absoluta
Herrera Mellado señaló que la medida se aplica de manera absoluta. Ningún tipo de visa (incluyendo visas de turista, trabajo o estudio) permitiría la entrada a EEUU. Sin embargo, en este tipo de restricciones, suele haber excepciones, como permisos humanitarios o casos específicos aprobados por el Departamento de Estado o Seguridad Nacional.
Leal, por su parte, dijo que efectivamente esta medida podría implicar tanto visas de no inmigrante como visas de inmigrantes.
Doble nacionalidad
Los ciudadanos de Venezuela o Cuba que posean una segunda nacionalidad podrían ingresar a EEUU utilizando el pasaporte de su otra nacionalidad, siempre que esta no esté contemplada en la lista de países restringidos y cumplan con los requisitos migratorios de EEUU, explicó María Herrera Mellado.
En este contexto Leal considera que aquellas personas con doble nacionalidad tal vez no queden sujetas a las restricciones de viaje, aunque “depende cómo salga la orden ejecutiva, pero es posible que puedan ser incluidos”.
Sin embargo, por ejemplo el permiso de viaje ESTA (un sistema electrónico que Estados Unidos usa para determinar la elegibilidad de los visitantes que viajan a EEUU bajo el Programa de Exención de Visado) no está activo en estos momentos para los cubanos con doble nacionalidad, por lo que habrá que esperar cómo vendrá redactada la orden gubernamental.
Demandas
Para María Herrera Mellado una medida de este tipo podría enfrentar demandas en cortes, especialmente si se argumenta que viola derechos constitucionales, tratados internacionales o principios de no discriminación. Demandas similares se han presentado en el pasado contra restricciones migratorias amplias, como las implementadas bajo la Proclamación 9645 de 2017 (el llamado “travel ban”).
La prohibición de viajes fue una serie de medidas ejecutivas adoptadas por el presidente estadounidense Donald Trump que restringieron la entrada a Estados Unidos de ciertos ciudadanos extranjeros, comenzando con la Orden Ejecutiva 13769, emitida el 27 de enero de 2017.
La Orden Ejecutiva 13769, titulada "Protección de la Nación contra la Entrada de Terroristas Extranjeros a Estados Unidos" fue una orden del presidente Trump, que fue bloqueada por varios tribunales y que estuvo vigente desde el 27 de enero de 2017 hasta el 6 de marzo de 2017, cuando fue reemplazada por la Orden Ejecutiva 13780, una segunda orden con el mismo título "Protección de la Nación contra la Entrada de Terroristas Extranjeros a Estados Unidos", recordó Herrera Mellado.
Abogados y exfiscales advierten que el plan podría enfrentar impugnaciones judiciales, particularmente si no hay exenciones. Esta prohibición sería más amplia que las versiones que el presidente Trump emitió durante su primer mandato, según funcionarios familiarizados con el asunto en reportes periodísticos.
Descontinuar visas
Ángel Leal señaló que hay tres cláusulas en la ley que permiten esto: la sección 212F del Código de Migración que básicamente le da al presidente un amplio poder de suspender o imponer restricciones de viaje por proclamación para la entrada de extranjeros que identifican como personas cuya entrada puede ser perjudicial a los intereses de los Estados Unidos.
También hay la posibilidad que pueden invocar la ley sección 243D teniendo que ver con países recalcitrantes, es decir, aquellos países que se niegan o irrazonablemente demoran en aceptar el regreso de sus nativos con órdenes deportación desde los Estados Unidos, lo que permite descontinuar visas a esos ciudadanos nativos de los países aferrados a una opinión o conducta como una penalidad por no aceptar a sus conciudadanos.
También hay otra sección de ley que tiene que ver con restringir la entrada de aquellas personas que pueden constituir una amenaza para Estados Unidos o la política exterior del país, por lo tanto es la combinación de esas tres leyes lo que podría resultar en esta restricción de viaje. Esta medida también implicaría tanto visas de no inmigrante como visa de inmigrantes, acotó Leal.
Esto se ha intentado cuatro veces anteriores durante el primer mandato de Trump, este sería el quinto intento, dijo.
En todo caso, ambos expertos indicaron que poco después de asumir el cargo, el presidente Donald Trump ordenó a los funcionarios de su administración que elaboraran una lista de países que podrían formar parte de una prohibición de viajes ampliada, similar a la que introdujo durante su primer mandato para los países de mayoría musulmana, basándose en la idea de que cuentan con un sistema de seguridad débil para realizar verificaciones de antecedentes.
Residencia permanente
En redes sociales se comenta que una persona con Residencia Permanente, de los países susceptibles a prohibición de entrada a EEUU, no podría viajar a su país de origen o a un tercero país porque cuando intente entrar lo estaría haciendo como un ciudadano de un país con restricción de entrada.
En una consulta ampliada hecha a María Herrera Mellado sobre este tema la abogada hizo varios planteamientos.
Si bien los residentes permanentes legales generalmente conservan el derecho a reingresar a los Estados Unidos independientemente del país en que se emita su pasaporte, existen algunas consideraciones a tener en cuenta:
Derechos del Titular de la Green Card: Como residente permanente legal, usted tiene el derecho legal de reingresar a EEUU, siempre que mantenga su estatus y cumpla con los requisitos de reingreso.
Mayor Escrutinio: Sin embargo, el uso de un pasaporte de un país sujeto a medidas de seguridad reforzadas puede llevar a un examen adicional o interrogatorio por parte de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Los agentes de CBP podrían hacer preguntas adicionales sobre su historial de viajes y la documentación que acompaña a su Green Card. Este mayor escrutinio no equivale a una negación de entrada, pero puede resultar en tiempos de procesamiento más largos.
Requisitos de Documentación: Es importante que, además de su Green Card, lleve consigo toda la documentación relevante (como su pasaporte, pruebas de sus vínculos con EEUU y cualquier otro documento que acredite su condición de residente permanente). Contar con documentos completos y precisos puede ayudar a mitigar retrasos o inquietudes durante el proceso de ingreso.
Cambios en las políticas y desafíos legales: Las políticas de inmigración pueden evolucionar y aunque las interpretaciones actuales de estas órdenes no tienen como objetivo negar categóricamente la entrada a los residentes permanentes legales, cambios en la política o medidas administrativas adicionales podrían afectar los procedimientos. Por ello, es aconsejable mantenerse actualizado sobre las últimas directrices.
En resumen, dijo la abogada Herrera Mellado, los residentes permanentes legales tienen derecho a reingresar a EEUU, independientemente de su país de origen, siempre que mantengan su estatus.
Sin embargo, el uso de un pasaporte de Cuba o Venezuela puede generar mayor escrutinio por parte de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), lo que podría retrasar el proceso de ingreso. Para evitar problemas, es clave llevar toda la documentación relevante que acredite la residencia permanente.
Además, las políticas migratorias pueden cambiar, por lo que es recomendable mantenerse informado y, si es necesario, consulte con un abogado de inmigración, concluyó la experta.
Al ser consultado sobre el mismo tema el abogado Ángel Leal dijo que las personas “deben de poder entrar con tarjetas de residencia”. Sin embargo reiteró que “tenemos que ver la Orden Ejecutiva para ver los alcances de la disposición legal.
"Deberían quedar exentos. Pero no está claro si residentes permanentes o aquellas personas que ya tienen visas quedarían exentas hasta que no se publique la norma", insistió el abogado.
FUENTE: CONSULTA A ABOGADOS DE INMIGRACIÓN MARÍA HERRERA MELLADO Y ANGEL LEAL