BUENOS AIRES.- El régimen de Nicolás Maduro había avalado los trámites para que el gendarme argentino Nahuel Gallo, detenido en Venezuela en un lugar que no ha sido informado, viajara al paós para ver a su pareja, María Gómez García, con quien tiene un hijo de 11 meses.
Este miércoles 25 de diciembre, el periódico Clarín informó que tuvo acceso a registros oficiales venezolanos y argentinos. El 22 de noviembre de este año.
El 22 de noviembre de 2024, María Gómez García presentó una "Carta de invitación para viajar a Venezuela", como indican las normas venezolanas. Además, en el registro oficial constaba a quien visitaría el gendarme Gallo y el domicilio de su estadía.
De acuerdo con el registro, Gómez García avisó que Gallo se iba a alojar en su departamento en Puerto La Cruz, a 325 kilómetros de Caracas. También se informó que el gendarme ingresaría el 7 de diciembre a Venezuela desde Colombia por vía terrestre a través del Puente Internacional Simón Bolívar.
Según Clarín, el mismo día de la presentación de los recaudos el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, que depende de la vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela, aceptó el pago de las tasas por el trámite (804 bolívares con ochenta céntimos), certificó las firmas y convalidó el permiso.
Por otra parte, el cabo primero Gallo avisó a la Gendarmería que viajaría a Venezuela durante su período de licencia por vacaciones. Según consta en los registros de esa fuerza de seguridad, desde que ingresó en 2009, Gallo nunca había salido del país en sus vacaciones. En esta oportunidad lo autorizaron a viajar a Venezuela durante sus vacaciones: desde el 5 de diciembre de 2024 al 3 de enero de 2025.
Solicitud de justicia argentina
El 23 de diciembre, la justicia argentina exhortó al régimen venezolano a informar dónde está el gendarme Nahuel Gallo, en un fallo divulgado en el que acusa la presunta "desaparición forzada" del uniformado.
La cámara federal de la provincia argentina de Mendoza (oeste) dispuso "exhortar a la República Bolivariana de Venezuela a que, a través de las autoridades correspondientes, informen de modo inmediato el paradero del Sr. Nahuel Agustín Gallo (...), los motivos de su detención y a disposición de qué autoridad judicial competente se encuentra".
El fallo indica que existe la presunta comisión del delito de desaparición forzada de personas por parte de las autoridades del régimen venezolano: "Entendemos que en el presente caso se encuentra debidamente justificada la posibilidad de habilitar la utilización del principio de la jurisdicción universal por parte de este tribunal".
FUENTE: Clarín