MIAMI.- Cuando el Estatus de Protección Temporal (TPS) expira o no es extendido, como ocurrió con el caso de venezolanos, una solicitud de asilo pendiente, presentada previamente, permite que la persona permanezca en los Estados Unidos, mientras se resuelve el caso, pero hay que tener paciencia para obtener una respuesta, porque las agencias encargadas del asunto presentan un alto volumen de expedientes a revisar, dijo María Herrera Mellado, experta en temas migratorios.
La solicitud debió hacerse a tiempo, bien sea ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) o en un tribunal de inmigración bajo la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por su sigla en inglés).
Aunque la persona pierde los beneficios del TPS (incluyendo cualquier autorización de trabajo vinculada a ese programa migratorio), la solicitud de asilo pendiente evita la acumulación de “presencia ilegal” durante el tiempo que el caso está pendiente, aclaró.
Limbo legal
No obstante, la jurista, socia de la firma kivakilawfirm, dijo que el “inmigrante se encuentra en una especie de “limbo” porque no está completamente en un estatus legal reconocido, pero tampoco acumula presencia ilegal, siempre que la solicitud de asilo se haya presentado a tiempo y finalmente resulte aprobada".
Sin embargo, dado que el TPS ha expirado, si la solicitud de asilo es denegada, la persona ya no tendrá ninguna forma de estatus protegido. Pero, si eso ocurre, la experta enumera algunos aspectos a considerar:
Procedimientos de deportación
Una denegación de asilo generalmente significa que la persona estará sujeta a procedimientos de deportación. En ese momento, si ha acumulado presencia ilegal o si existen otros motivos de inadmisibilidad, es posible que deba buscar alivio adicional como:
Exenciones: si la denegación genera barreras para la readmisión o el ajuste (por ejemplo, debido a una presencia ilegal previa), la persona podría solicitar una exención para superar esas barreras. Las exenciones son discrecionales y, generalmente, requieren demostrar una dificultad extrema o cumplir con los criterios legales, sobre todo la relación con los familiares estadounidenses, en caso de matrimonio.
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María Herrera Mellado, abogada experta en migración
Cortesía M.H.M
¿Asilo fuera de tiempo?
Al ser consultada sobre si los venezolanos pueden aplicar al asilo en estos 60 días que transcurren hasta la culminación del estatus legal el 7 de abril y se activen las órdenes de deportación, dijo que las personas siempre pueden argumentar su caso y justificar que por una causa mayor no pudieron hacer la solicitud de asilo en el tiempo legal previsto.
Explicó que los beneficiarios de TPS cuyo estatus haya expirado debido a acciones del gobierno de EEUU aún pueden solicitar asilo, incluso si ha pasado más de un año desde su llegada. Los solicitantes de asilo deben presentar su solicitud dentro del primer año de su ingreso a EEUU, pero existen excepciones a esta regla.
Una de las excepciones claves es la de “circunstancias extraordinarias”, que puede aplicar si:
- El individuo mantuvo un estatus legal (como el TPS) hasta su expiración.
- La solicitud de asilo se presenta dentro de un período razonable después de que el TPS expire.
“Si un exbeneficiario de TPS solicita asilo bajo estas condiciones, deberá explicar cómo el TPS le impidió presentar la solicitud antes y por qué la está presentando ahora. Sin embargo, el asilo es discrecional y cada caso se evalúa según sus propios méritos”, argumentó Herrera Mellado.
Apelaciones: en el tribunal de inmigración, la decisión puede ser apelada. Una apelación (o una moción para reabrir/reconsiderar) podría retrasar la deportación si existen motivos para impugnar la denegación del asilo.
Acumulación de presencia legal
Durante el TPS y el asilo pendiente: cuando una persona tiene TPS, se encuentra en un estatus legal. Una vez que el TPS expira, si tiene una solicitud de asilo pendiente, esa solicitud “detiene” la acumulación de presencia ilegal durante ese período. Sin embargo, el asilo pendiente no se convierte en presencia legal completa.
Muchos solicitantes reportan retrasos significativos y dificultades para obtener respuestas oportunas tanto de USCIS como de EOIR, respecto al estado de sus casos de asilo o procedimientos de deportación. Aquí otros aspectos a considerar:
Retrasos y acumulación de casos: ambas agencias están experimentando un alto volumen de casos, lo que a menudo resulta en tiempos de procesamiento prolongados y demoras en responder a las consultas. Este es un problema común que enfrentan muchos solicitantes.
Consultas de casos: los solicitantes a veces encuentran que sus solicitudes de actualizaciones o aclaraciones quedan sin respuesta durante períodos prolongados. Los plazos de procesamiento indicados en los sitios web de las agencias son estimados y el procesamiento real puede tardar más de lo previsto.
Impacto en los solicitantes: debido a estos retrasos, muchos inmigrantes pueden tener que esperar un período considerable sin recibir confirmación de que su caso está siendo procesado activamente. Esta incertidumbre puede causar un estrés significativo y dificultades.
Variabilidad: los retrasos pueden variar ampliamente dependiendo del tipo de caso: la ubicación de la oficina encargada o del tribunal de inmigración y las políticas o problemas de personal vigentes. Algunos casos pueden avanzar más rápido que otros, pero, en general, los retrasos son un problema bien documentado.
“Aunque estos retrasos son frustrantes, desafortunadamente forman parte común del proceso de inmigración actual. Es importante mantener registros de todas las comunicaciones y mantenerse informado a través de los canales oficiales de la USCIS y la EOIR”, concluyó María Herrera Mellado.
FUENTE: ENTREVISTA MARÍA HERRERA MELLADO