Y lo perciben como otra vía que propicia mayor concentración de poder y profundiza la falta de estado de derecho en el país.
El texto de Maduro, de 10 puntos, no solo desconoce principios constitucionales, sino que también disminuye aún más el sector privado y los municipios, mientras avanza el proyecto de Estado Comunal.
Los expertos dudan además de su eficacia en el plazo bimensual, un lapso que fija la Constitución. El primer decreto de Maduro, en enero de 2016, fue prorrogado 28 veces sin ningún resultado económico real, aseguran.
Uno de los aspectos más graves del decreto, dicen, es la “suspensión” del principio de control de legalidad que solo está atribuido al poder Legislativo (Asamblea Nacional), y no puede modificarse por vía decreto. Aunque en la práctica esto ha prevalecido en los 25 años de chavismo.
La emergencia económica, junto con la ley Habilitante y la Asamblea Constituyente han sido las “tres formas de ir debilitando el estado de derecho en los últimos años, a pesar de estar previstas en la Constitución, según apuntan.
Incertidumbre en economía
Un decreto de emergencia forma parte de los estados de excepción previstos en la Constitución de Venezuela para abordar “circunstancias económicas extraordinarias”.
Pero en el caso actual esas circunstancias no son sobrevenidas.
“Son un cúmulo de medidas erráticas y de otras omisiones sobre políticas correctivas oportunas en el ámbito fiscal que abarcan la cadena sobre la cual incide cualquier política pública del Ejecutivo nacional”, afirma Leonardo Palacios, profesor y abogado especialista en el tema tributario.
En su análisis, el especialista destaca la incertidumbre reinante en materia económica y fiscal que se desprende del decreto de Emergencia Económica.
Señala que una política fiscal exige buscar los ingresos para mantener una relación activa entre estos y el gasto, mientras que la económica debe buscar la estabilidad fiscal.
“Obviamente por el tema de las sanciones se presenta una situación difícil, el Ejecutivo no cuenta con recursos suficientes para intervenir en el mercado cambiario y controlar el movimiento de divisas. Tiene que tomar decisiones y aplicar rectificaciones frente a una situación que justifiquen una excepción o emergencia”.
Pero la política en ambas materias “exige coordinación, armonización, y un orden macroeconómico constitucionalmente ordenado”.
Afirma, en medio de la incertidumbre los agentes económicos “están paralizados” y, un incremento de costos de transacción entre agentes
económicos, causa una distorsión. “En el mercado cambiario se muestran evidencias del deslizamiento económico”.
VENEZUELACAMBIOAFP.jpg
Una mujer guarda su cambio en billetes de un dólar después de comprar fruta en un puesto del mercado municipal de Quinta Crespo en Caracas
Yuri CORTEZ / AFP
¿Estado de derecho sin reserva legal?
Según expertos, la “suspensión” del principio de legalidad o de reserva legal, se obvió con el decreto y con ello se merman derechos constitucionales sin previo debate parlamentario ni control judicial.
Para Palacios, esa es la “primera preocupación” ante el nuevo instrumento jurídico del que no se ven resultados claros, aunque “hay que esperar”.
“Un estado de derecho sin reserva legal es imposible”, asevera y advierte que, como ocurre en cualquier Estado republicano, los órganos del poder Judicial deben actuar para cualquier corrección y tutelar los derechos de todos, cuya tutela judicial efectiva no puede suspenderse.
El sábado 14 de abril pasado, el Tribunal Supremo afín a Maduro declaró que el decreto de Emergencia Económica es “constitucional” sin hacer observaciones, y ordenó su publicación en Gaceta Oficial para su vigencia.
Economistas, por su parte, han expresado que la Emergencia Económica no era necesaria para resolver los problemas que enfrenta Venezuela. Y uno de ellos es la cancelación de licencias a las empresas petroleras foráneas y los impuestos aplicados al petróleo, que pueden reducir el flujo de caja hasta 50%, según Asdrúbal Oliveros, director de una importante consultora de Venezuela.
Esto impactaría al volátil mercado de divisas y la inflación de 50% interanual.
“No hacía falta un decreto de Emergencia Económica, no hay excusas para tomar medidas urgentes. El esquema cambiario impuesto hace seis años se agotó y necesita cambios para paliar los efectos que está teniendo en empresas y ciudadanos”, declaró el economista a medios.
Afectados por el decreto
Entre los puntos del decreto están: suspender la aplicación de tributos nacionales, de estados y municipios; concentrar en el tesoro nacional la recaudación de tasas; y establecer mecanismos para combatir la evasión fiscal. Todas en poder discrecional de Maduro.
Los más afectados son el sector privado y los municipios, que quedarían más debilitados, según Palacios.
Sostiene que bien la evasión de tributos debe ser controlada, “en la medida en que se tiene una gestión tributaria amenazante se genera evasión fiscal y deficiencia de servicios”.
“El decreto suspende los tributos y no se sabe cuáles y qué se va a hacer con las tasas (…) Se podría generar más informalidad, mayor evasión fiscal y mayor incumplimiento”, según advierte
“Toda política tributaria tiene efectos expansivos que generen confianza incidencias económicas positivas y se traducen en términos de producción, mayor posibilidad de bienes y servicios, pero una política restrictiva que atemorice, inhiba a sectores de producción a través de un proceso dañino de evasión fiscal, tiene un efecto contrario a lo que se busca con estas medidas”.
Pero la suspensión de impuestos también debilita aún más a los municipios a los que el chavismo le ha cortado recursos previstos en la ley, a lo largo de los años.
“No se pueden suspender, por violación directa a la autonomía de tributos municipales; no se puede en sana lid establecer mecanismos disruptivos del proceso creativo de gestión tributaria de estados y municipios”, dice y recuerda que los municipios tienen condición constitucional ininterrumpida desde 1874.
En cuanto a las actividades primarias a nivel de hidrocarburos, “eso constitucionalmente está reservado, pero en todo caso no lo definen todavía y eso es otro de los puntos que causa incertidumbre”.
Palacios no descarta que la medida ejecutiva tenga otros objetivos, en el contexto del avanzado proyecto del Estado Comunal que se adelanta en la Asamblea Nacional, con la reforma constitucional; y las elecciones regionales fijadas para mayo.
“Si así fuera tendrían más tributos al que ya cobran del 5% anual de los ingresos brutos de los bancos pagaderos de manera semestral, y también se le quitarían más recursos a los municipios para dárselos a las comunas que van a manejar”.
FUENTE: Entrrevista con Leonardo Palacios, profesor y abogado especialista en el tema tributario.